Corrientes · Seguridad y justicia · Corte al 12/10/2026
La disputa por los límites del uso de la fuerza
El trámite, documento a documento
El trámite: qué leyó RADAR y qué no
RADAR leyó 7 de los 7 documentos que identifica esta lectura.
- Mensaje del Ejecutivo: ingreso del proyecto [2] Fuente 2: Texto de ingreso del proyecto (Mensaje) (boletín 15805-07)Leído
- Primer informe de la comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento [5] Fuente 5: Primer informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento (boletín 15805-07)Leído
- Primer informe de la comisión de Defensa NacionalLeído
- Segundo informe de las comisiones de Defensa Nacional y de Seguridad Pública, unidas [3] Fuente 3: Segundo informe de las comisiones de Defensa Nacional y de Seguridad Pública, unidas (boletín 15805-07)Leído
- Informe de la comisión de Seguridad CiudadanaLeído
- Informe de la Comisión Mixta [4] Fuente 4: Informe de la Comisión Mixta (boletín 15805-07)Leído
- Oficio de ley al Ejecutivo: texto despachado por el Congreso [6] Fuente 6: Oficio de ley al Ejecutivo N° 21.641: texto despachado por el Congreso (boletín 15805-07)Texto final · leído
Expediente con la cronología completa: Congreso despacha las reglas de uso de la fuerza para policías y Fuerzas Armadas
Qué dice el texto despachado
Lo que establece el texto que el Congreso envió al Ejecutivo, según su tenor literal. Es una descripción, no una valoración; el texto que se publique en el Diario Oficial puede diferir.
Reglas graduadas
Artículo 7 · [6] Fuente 6: Oficio de ley al Ejecutivo N° 21.641: texto despachado por el Congreso (boletín 15805-07)
Define cinco grados de uso de la fuerza para las policías, que deben corresponder al grado de resistencia o agresión que enfrenten.
Ver el pasaje del texto
«Los grados de uso de la fuerza se corresponden con el grado de resistencia o agresión al que se ve enfrentado el personal de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública en su labor de protección de bienes, personas y sus derechos, en el contexto particular.»
Sin orden obligatorio
Artículo 5, numeral 4 · [6] Fuente 6: Oficio de ley al Ejecutivo N° 21.641: texto despachado por el Congreso (boletín 15805-07)
Los grados no son una escala que deba recorrerse paso a paso: la fuerza puede iniciarse en cualquier nivel que sea racionalmente necesario.
Ver el pasaje del texto
«el uso de la fuerza puede iniciarse en cualquier nivel que sea racionalmente necesario y aumentar o disminuir, según las circunstancias»
Prohibiciones expresas
Artículo 12, regla N° 5 · [6] Fuente 6: Oficio de ley al Ejecutivo N° 21.641: texto despachado por el Congreso (boletín 15805-07)
El texto usa la palabra «prohíbe» una sola vez, en las reglas para las Fuerzas Armadas: no ejercer fuerza contra quien ya está reducido e inmovilizado y no opone resistencia. No menciona el rostro ni el desnudamiento.
Ver el pasaje del texto
«Una vez reducido e inmovilizado y sin oponer resistencia, se prohíbe ejercer fuerza en su contra.»
Eximente de responsabilidad penal
Artículo 15 · [6] Fuente 6: Oficio de ley al Ejecutivo N° 21.641: texto despachado por el Congreso (boletín 15805-07)
Quien cumpla las reglas queda amparado por la eximente de cumplimiento del deber, y para establecer su responsabilidad penal debe acreditarse que las incumplió. El texto no contiene la expresión «agresión previa».
Ver el pasaje del texto
«En casos de uso de la fuerza por el personal que realice las funciones descritas en el artículo 1, deberá acreditarse el incumplimiento de las reglas de uso de la fuerza para establecer su responsabilidad penal.»
Fuerza potencialmente letal
Artículo 7, numeral 5 · [6] Fuente 6: Oficio de ley al Ejecutivo N° 21.641: texto despachado por el Congreso (boletín 15805-07)
Procede solo cuando los grados previos resulten insuficientes. Entre los casos que la justifican están impedir una fuga y proteger infraestructura crítica en peligro grave.
Ver el pasaje del texto
«el uso de la fuerza potencialmente letal constituye una medida que procede solo cuando resulten insuficientes las medidas establecidas en los grados previos y justificada en caso de cumplimiento del deber, legítima defensa, cumplimiento de una orden judicial, con el objeto de detener a una persona que oponga resistencia a la autoridad, para impedir su fuga o para la protección de infraestructura crítica cuando exista peligro grave de verse afectada.»
Investigaciones y sumarios
Artículo 17 · [6] Fuente 6: Oficio de ley al Ejecutivo N° 21.641: texto despachado por el Congreso (boletín 15805-07)
Si el Ministerio Público investiga, los funcionarios son tratados como víctimas o testigos, salvo que las diligencias permitan atribuirles participación punible.
Ver el pasaje del texto
«los funcionarios serán considerados como víctimas o testigos, según corresponda, para todos los efectos legales, a menos que las diligencias permitan atribuirles participación punible.»
Lo que esta lectura no cubre
- RADAR leyó el texto que el Congreso despachó el 09/10/2026; el que se publique en el Diario Oficial puede diferir, y los reglamentos que la ley ordena dictar aún no existen.
- El informe registra que representantes del Instituto Nacional de Derechos Humanos y de Amnistía Internacional Chile fueron escuchados por la comisión, pero esta lectura no recoge lo que plantearon.
- De los informes del 17/06/2024 y del 07/05/2025 no recogemos posturas: los leímos, pero registran sobre todo acuerdos y votaciones. Del informe del 09/04/2025, de 340 páginas, recogemos cinco posturas entre muchas intervenciones.
- Del informe de la Comisión Mixta (05/10/2026) recogemos cinco posturas. Ese documento nombra de dos formas distintas al senador Longton, así que no recogemos lo que sostuvo en 2026. Tampoco recogemos otras intervenciones registradas en el informe.
- Las posturas corresponden a la fecha de cada documento; pueden haber cambiado después.
- No incluye el debate en la Cámara de Diputados ni declaraciones fuera del Congreso.
Fuentes y límites
Consulta el pasaje que sostiene cada afirmación. La cobertura indica el alcance de la consulta.
Fuente 1
Tramitación del boletín 15805-07
Boletín: 15805-07. Título: Establece normas generales sobre el uso de la fuerza para el personal de las fuerzas de orden y seguridad pública y de las fuerzas armadas en las circunstancias que se señala. Fecha de ingreso: 10/04/2023. Iniciativa: Mensaje. Cámara de origen: C.Diputados. Etapa: Trámite de aprobacion presidencial (C.Diputados). Estado: En tramitación.
Cobertura parcial · Registro de tramitación legislativa. No contiene el texto de la ley ni describe su efecto práctico; RADAR no ha leído ese texto.
Abrir documento específicoFuente 2
Texto de ingreso del proyecto (Mensaje) (boletín 15805-07)
El presente proyecto de ley responde a una deuda que tiene nuestro país tanto en materia de DD.HH., por un lado, como de protección del buen ejercicio de la función policial, por el otro.
Cobertura parcial · Registro oficial de lo que cada actor sostuvo en esa instancia y fecha. No acredita que lo afirmado sea cierto ni recoge cambios posteriores de postura. Pasajes seleccionados por un programa.
Abrir documento específicoFuente 3
Segundo informe de las comisiones de Defensa Nacional y de Seguridad Pública, unidas (boletín 15805-07)
la dificultad que supone para un funcionario ponderar la proporcionalidad en fracción de segundos y en situaciones complejas […] la indicación de su autoría propone sustituir “afectaciones de consideración” por “lesiones graves” […] esta disposición servirá de base para la construcción de la eximente de responsabilidad penal […] la eximente de responsabilidad penal de legítima defensa privilegiada solo opera para funciones de orden público, quedando, por consiguiente, excluidas las Fuerzas Armadas […] si el principio de necesidad está adecuadamente interpretado, el de proporcionalidad se torna prescindible
Cobertura parcial · Registro oficial de lo que cada actor sostuvo en esa instancia y fecha. No acredita que lo afirmado sea cierto ni recoge cambios posteriores de postura. Documento en PDF de 340 páginas: los pasajes fueron seleccionados por un programa y cada uno aparece literalmente en el texto extraído.
Abrir documento específicoFuente 4
Informe de la Comisión Mixta (boletín 15805-07)
actualmente la regulación está recogida en circulares, órdenes, protocolos y manuales, dificultando también la interpretación de jueces y fiscales […] su parte final resulta demasiado amplia e indeterminada, al posibilitar el uso de armamento letal frente a un ataque que pueda comprometer la seguridad nacional […] Explicitó su inquietud frente a la posibilidad de que se empleen en manifestaciones ciudadanas y que se produzcan consecuencias lamentables e incluso fatales […] las policías no tienen el tiempo para verificar si se han observado las medidas de los grados anteriores […] la parte final de la última oración supone entregar demasiada libertad a los cuerpos castrenses para utilizar armas letales
Cobertura parcial · Registro oficial de lo que cada actor sostuvo en esa instancia y fecha. No acredita que lo afirmado sea cierto ni recoge cambios posteriores de postura. Documento en PDF: los pasajes fueron seleccionados por un programa y cada uno aparece literalmente en el texto extraído.
Abrir documento específicoFuente 5
Primer informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento (boletín 15805-07)
La presente ley tiene por objeto regular el uso de la fuerza por el personal de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública en la mantención del orden público y de la seguridad pública interior, especialmente frente amenazas como el terrorismo, el narcotráfico y el crimen organizado. […] En el caso del personal de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública y de las Fuerzas Armadas, se entenderá que concurre esta eximente de responsabilidad, incluso cuando sin existir una agresión previa, actual o inminente, su actuar se ajusta a la legalidad vigente o a las órdenes impartidas por el mando político […] Disposiciones que aborden el impacto diferenciado del uso de la fuerza en mujeres, diversidades sexuales, personas con discapacidad, niños, niñas y adolescentes, personas adultas mayores, migrantes, personas pertenecientes a pueblos originarios. En estas se deberá contemplar la prohibición absoluta de desnudamiento forzado. […] Regla N° 3. Empleo manual de elementos disuasivos de humo, gas pimienta, lacrimógenas, sonido, luz, agua, bastones u otros menos letales.
Cobertura parcial · Registro oficial de lo que cada actor sostuvo en esa instancia y fecha. No acredita que lo afirmado sea cierto ni recoge cambios posteriores de postura. Pasajes seleccionados por un programa.
Abrir documento específicoFuente 6
Oficio de ley al Ejecutivo N° 21.641: texto despachado por el Congreso (boletín 15805-07)
Artículo 1.- Objeto. La presente ley tiene por objeto establecer los principios y reglas para el uso de la fuerza por el personal de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, en el cumplimiento de sus funciones, en conformidad con lo dispuesto en la Constitución y la ley.
Cobertura completa · Texto aprobado por el Congreso y enviado al Ejecutivo el 09/10/2026; el texto que se publique en el Diario Oficial puede diferir. Los pasajes citados fueron seleccionados por un programa.
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