Decisiones que te afectan
Nueva ley amplía cobertura y extiende plazos para subsidios y garantías hipotecarias
Sube de 4.000 a 6.000 UF el valor máximo de las viviendas para acceder al subsidio hipotecario y extiende plazos hasta mayo de 2028.
La nueva ley extiende la vigencia y aumenta la cobertura de la normativa previa. Modifica los montos y plazos de los subsidios y del Fondo de Garantías Especiales. Su tramitación terminó y fue publicada en el Diario Oficial.
La pregunta: ¿Cómo cambian los requisitos y los plazos para postular a los subsidios y garantías hipotecarias?
Qué cambió desde la última revisión
Publicación en el Diario Oficial: Ley N° 21.836[1] Fuente 1: Tramitación del boletín 18524-05
Límites: lo que falta por saber
- Un programa leyó el texto aprobado por el Congreso; falta contrastarlo con el publicado en el Diario Oficial.
- No sabemos si requiere reglamentos u otras normas para aplicarse.
Cobertura partial: Registro de tramitación del Senado y pasajes del texto aprobado por el Congreso. Falta el texto publicado y sus normas de aplicación.
Qué revisaremos después
Leer el texto publicado y verificar si necesita reglamentos para aplicarse.
La fecha aún no está confirmada
Lo que sabemos
- Según el texto aprobado por el Congreso: Se amplía el porcentaje máximo del subsidio a la tasa de interés hipotecaria, pasando del cincuenta al ochenta por ciento.
- Según el texto aprobado por el Congreso: Se aumenta el valor máximo de las viviendas nuevas que pueden acceder al subsidio hipotecario, subiendo de 4.000 a 6.000 unidades de fomento.
- Según el texto aprobado por el Congreso: Se extiende hasta el 31 de mayo de 2028 el plazo de vigencia establecido para las solicitudes del beneficio del subsidio hipotecario.
- Según el texto aprobado por el Congreso: Se amplía el plazo de elegibilidad para el Fondo de Garantías Especiales, incorporando los años 2026 y 2027 además del 2025.
- Según el texto aprobado por el Congreso: Se eleva el valor máximo de las viviendas para la garantía estatal de créditos hipotecarios, aumentando de 4.000 a 6.000 unidades de fomento.
- Según el texto aprobado por el Congreso: Se extiende hasta el 31 de mayo de 2028 el plazo para acceder a las garantías especiales para créditos hipotecarios.
- Según el texto aprobado por el Congreso: Se autoriza al Ministerio de Hacienda a realizar aportes fiscales al patrimonio del Fondo de Garantías Especiales por hasta 175 millones de dólares hasta el 31 de mayo de 2028.
- Ingresó el 04/08/2026 por mensaje, con origen en C.Diputados.
- Fue publicado en el Diario Oficial el 17/08/2026 como Ley N° 21.836.
Cronología
Publicación en el Diario Oficial: Ley N° 21.836
El registro indica que el proyecto fue publicado como Ley N° 21.836.[1] Fuente 1: Tramitación del boletín 18524-05
Trámite finalización en Cámara de Origen
Oficio de ley al Ejecutivo. (C.Diputados)[1] Fuente 1: Tramitación del boletín 18524-05
Trámite finalización en Cámara de Origen
Cuenta oficio aprobación sin modificaciones de C. Revisora. (C.Diputados)[1] Fuente 1: Tramitación del boletín 18524-05
Segundo trámite constitucional
Oficio aprobación sin modificaciones a Cámara de Origen. (Senado)[1] Fuente 1: Tramitación del boletín 18524-05
Segundo trámite constitucional
Discusión general. Aprobado en general y particular sin modificaciones (Senado)[1] Fuente 1: Tramitación del boletín 18524-05
Segundo trámite constitucional
Cuenta del Mensaje 258-374 que retira y hace presente la urgencia Discusión inmediata (Senado)[1] Fuente 1: Tramitación del boletín 18524-05
Segundo trámite constitucional
Cuenta de primer informe de comisión. (Senado)[1] Fuente 1: Tramitación del boletín 18524-05
Segundo trámite constitucional
Primer informe de comisión de Hacienda. (Senado)[1] Fuente 1: Tramitación del boletín 18524-05
Segundo trámite constitucional
Cuenta de proyecto. Pasa a Comisión de Hacienda (Senado)[1] Fuente 1: Tramitación del boletín 18524-05
Primer trámite constitucional
Oficio de ley a Cámara Revisora. (C.Diputados)[1] Fuente 1: Tramitación del boletín 18524-05
Primer trámite constitucional
Discusión general. Aprobado en general y particular a la vez. (C.Diputados)[1] Fuente 1: Tramitación del boletín 18524-05
Primer trámite constitucional
Primer informe de comisión de Hacienda. (C.Diputados)[1] Fuente 1: Tramitación del boletín 18524-05
Primer trámite constitucional
Cuenta del Mensaje 227-374 que hace presente la urgencia Discusión inmediata (C.Diputados)[1] Fuente 1: Tramitación del boletín 18524-05
Primer trámite constitucional
Cuenta de proyecto. Pasa a Comisión de Hacienda. (C.Diputados)[1] Fuente 1: Tramitación del boletín 18524-05
Primer trámite constitucional
Texto del Mensaje. (C.Diputados)[1] Fuente 1: Tramitación del boletín 18524-05
Primer trámite constitucional
Ingreso de proyecto. Incluye IF N° 185/04.08.2026. (C.Diputados)[1] Fuente 1: Tramitación del boletín 18524-05
Explicaciones relacionadas
Fuentes y límites
Consulta el pasaje que sostiene cada afirmación. La cobertura indica el alcance de la consulta.
Fuente 1
Tramitación del boletín 18524-05
Boletín: 18524-05. Título: Extiende vigencia y aumenta cobertura de la ley N° 21.748 y modifica normas que indica. Fecha de ingreso: 04/08/2026. Iniciativa: Mensaje. Cámara de origen: C.Diputados. Etapa: Tramitación terminada. Estado: Publicado. Ley: Ley N° 21.836. Diario Oficial: 17/08/2026.
Cobertura parcial · Registro de tramitación legislativa. No contiene el texto de la ley ni describe su efecto práctico; RADAR no ha leído ese texto.
Abrir documento específicoFuente 2
Oficio de ley al Ejecutivo N° 21.488 (boletín 18524-05)
Reemplázase en el encabezamiento la palabra “cincuenta” por “ochenta”. […] Sustitúyese en la letra b) el guarismo “4.000” por “6.000”. […] Reemplázase en el inciso duodécimo la frase “hasta veinticuatro meses después de la fecha de publicación de esta ley” por “hasta el 31 de mayo de 2028”. […] Reemplázase en el artículo quinto transitorio la expresión “Al 31 de diciembre de 2025” por “Al 31 de diciembre de los años 2025, 2026 y 2027”. […] Reemplázase en el ordinal ii. del inciso segundo el guarismo “4.000” por “6.000”. […] Reemplázase en el inciso undécimo la frase “hasta veinticuatro meses después de la fecha de publicación de esta ley” por “hasta el 31 de mayo de 2028”. […] Autorízase al Ministerio de Hacienda a efectuar uno o más aportes fiscales al patrimonio del Fondo de Garantías Especiales que crea la ley N° 21.543, por el monto total de hasta 175 millones de dólares de los Estados Unidos de América
Cobertura parcial · Texto aprobado por el Congreso y enviado al Ejecutivo; el texto publicado en el Diario Oficial puede diferir. Los pasajes fueron seleccionados por un programa y cada uno aparece literalmente en el documento.
Abrir documento específico